Gestoras y entidades financieras · Mercados y conducta

Conducta, MiFID II y conflictos de interés, para dummies

Las normas de conducta de entidades, gestoras y fondos, en lenguaje llano

Duración estimada: aprox. 7,5 h de estudio · 31 lecciones · 155 preguntas

De qué trata

Qué exige MiFID II y la normativa española a entidades, gestoras y fondos cuando tratan con inversores: clasificación, información, idoneidad, incentivos, mejor ejecución, conflictos de interés, grabación, publicidad y reclamaciones, con el artículo de cada obligación, casos resueltos y modelos. Manual divulgativo.

Contenido (31 capítulos)

  1. Qué son las normas de conducta y a quién protegen
  2. El marco: de MiFID II a la ley española
  3. A quién se aplican: ESI, gestoras y vehículos
  4. Los servicios que activan las normas de conducta
  5. Clasificar al cliente: minorista, profesional y contraparte elegible
  6. Informar bien: claro, imparcial y no engañoso
  7. Idoneidad y conveniencia, paso a paso
  8. Costes y gastos: cómo se agregan, ex ante y ex post
  9. Contrato básico, confirmaciones y estados del cliente
  10. Caso resuelto: un instrumento complejo a un cliente minorista
  11. Incentivos: cobrar de terceros sin vender al cliente
  12. Mejor ejecución y gestión de órdenes
  13. Diseñar y vender productos: el mercado destinatario
  14. Conflictos de interés: qué son y cómo se detectan
  15. La política de conflictos y el registro
  16. Conflictos de interés en gestoras y fondos
  17. Grabación de comunicaciones y conservación de registros
  18. Operaciones personales de directivos y empleados
  19. Publicidad y comunicaciones comerciales
  20. Reclamaciones y atención al cliente
  21. Organización y gobierno: cumplimiento, riesgos y responsabilidad
  22. Abuso de mercado en lo que toca a una gestora
  23. Supervisión y sanciones en España
  24. Caso resuelto: una gestora recomienda su propio fondo
  25. Caso resuelto: trato a dos fondos y a un inversor estratégico
  26. Modelos orientativos: política, registro y matriz de conflictos
  27. Modelos orientativos: operaciones personales y reglamento interno
  28. Señales de alerta y errores frecuentes
  29. Plan de acción en diez pasos y lista de comprobación
  30. Preguntas frecuentes y glosario
  31. Anexo. Herramientas de IA de uso general: riesgos y cómo usarlas bien

Muestra gratuita: la presentación

Para qué sirve este manual. Cuando una entidad financiera, una gestora o un comercializador trata con un inversor, la ley le exige algo más que cumplir el contrato: le exige portarse bien. Informar con claridad, no vender lo que no conviene, no cobrar por debajo de la mesa, no usar en beneficio propio lo que se sabe del cliente, grabar lo que hay que grabar y contestar cuando alguien se queja. A ese conjunto de deberes se le llama normas de conducta, y MiFID II es su gran referencia europea. Este manual las explica desde cero, con el artículo que impone cada una, aplicadas a entidades, gestoras y fondos.

Va de la mano del Tomo XII.1, PBC/FT (conocer al cliente), del Tomo XI.1, Protección de datos (qué se puede guardar de él y cuánto tiempo) y del Tomo X.1, Ley de IA (herramientas automáticas que asesoran o puntúan). El Tomo I recoge la lista de entidades y obligaciones por tipo.

Idea central

Las normas de conducta se resumen en una frase del art. 24.1 de MiFID II: actuar «con honestidad, imparcialidad y profesionalidad, en el mejor interés» del cliente. Todo lo demás (clasificar, informar, evaluar, ejecutar, grabar, reclamar) son maneras de demostrar que se cumple esa frase.

Qué no es este manual

No es asesoramiento jurídico ni sustituye a la consulta con un abogado o con la CNMV en un caso concreto. Las normas citadas se leyeron en su texto oficial (BOE y Diario Oficial de la UE) con fecha 28-10-2026; la normativa cambia, y conviene revisar la vigencia antes de decidir. Los modelos de los capítulos 26 y 27 son modelos orientativos que cada entidad debe adaptar a su tamaño y a sus servicios.

A quién se aplica este manual

Las normas de conducta no son iguales para todos los tipos. Esta es la lectura para cada tipo que gestiona Edilia Compliance, según el catálogo de obligaciones.

Tipo de entidad o vehículo¿Aplica?Por qué
SGEIC y SGIICSíSus propias normas de conducta (Ley 22/2014 y Ley 35/2003). El paquete MiFID completo solo si prestan servicios accesorios (Ley 22/2014, art. 43.2).
SGC y AV/SVB (empresas de servicios de inversión)SíEmpresas de servicios de inversión (Ley 6/2023, art. 128.1): régimen MiFID II completo.
EAFSíEs empresa de servicios de inversión, con las reglas de asesoramiento.
EAFNSíRégimen nacional (art. 3 de MiFID II, RD 813/2023) al que Compliance aplica el mismo régimen de conducta que a las EAF.
SGFTNoNo presta servicios de inversión: tiene su propio reglamento interno de conducta (Ley 5/2015, art. 29.1.j).
PSC/MiCA (proveedores de servicios de criptoactivos)Régimen propioLas reglas de conducta de los proveedores de criptoactivos están en MiCA, no en este manual.
PSFP (financiación participativa)Régimen propioSu conducta se rige por la Ley 5/2015 (plataformas de financiación participativa), no por MiFID II.
Vehículos de capital riesgo: FCR, SCR, ECR, ECR-Pyme, EICC, FCRE (EuVECA), FESE (EuSEF) y FILPE (ELTIF)Por su gestoraLas reglas de conducta obligan a quien gestiona o comercializa, no al vehículo.
Vehículos IIC: FI, SICAV, FIL, SIL, ETF, FIAMM, FII y SIIPor su gestoraLas reglas de conducta obligan a quien gestiona o comercializa, no al vehículo.
FT (fondos de titulización)Por su gestoraLas reglas de conducta obligan a la SGFT, no al fondo.

Los tipos y vehículos son los que Edilia Compliance da de alta (nueve tipos de entidad y diecisiete de vehículo). El detalle por tipo, obligación a obligación, está en el Tomo I.

Material formativo divulgativo, redactado con asistencia de inteligencia artificial y revisado editorialmente por Edilia Tech. No sustituye al asesoramiento profesional: compruebe siempre la vigencia de cada norma en el BOE y en el DOUE. Edición del 28/10/2026.