Protección de datos en la Notaría
De qué trata
Datos del protocolo, roles, secreto y copias, documentos delicados, derechos, Consejo General del Notariado, PBC, proveedores y contrato del art. 28, seguridad, brechas, transferencias, IA, evaluación de impacto y plan de acción.
Contenido (18 capítulos)
- Por qué la Notaría es un caso especial
- Qué datos maneja una Notaría
- Quién es quién: los roles
- Los principios del RGPD aplicados a la Notaría
- Secreto del protocolo, copias y publicidad limitada
- Documentos con datos delicados: menores, apoyos, herencias y matrimonio
- Los derechos de las personas
- Consejo General del Notariado y sistemas colegiales
- Prevención del blanqueo en la Notaría: puente hacia el manual de PBC
- Herramientas y proveedores externos: el contrato del art. 28
- Seguridad en la oficina: qué significan «medidas adecuadas»
- Brechas de seguridad: qué hacer si algo sale mal
- Transferencias internacionales, registro de actividades y evaluación de impacto
- Datos personales e inteligencia artificial
- Sanciones y responsabilidad
- Plan de acción en diez pasos y lista de comprobación
- Glosario y fuentes
- Anexo. Herramientas de IA de uso general: riesgos y cómo usarlas bien
Muestra gratuita: la presentación
Para qué sirve este manual. Una Notaría guarda, ordena y comunica datos personales de miles de personas: otorgantes, representantes, cónyuges, herederos, menores, personas con medidas de apoyo, testigos, apoderados, además de los clientes y el personal de la oficina. Cada vez que se instala un programa nuevo, se contrata un servicio en la nube, se usa una herramienta de inteligencia artificial o un empleado se lleva trabajo a casa, esos datos viajan. Este manual explica, en lenguaje llano, qué exige el RGPD en esa situación y qué conviene comprobar antes de usar o recomendar cualquier solución informática en la Notaría.
Va de la mano del manual La inteligencia artificial en la Notaría, que trata la Ley de IA y los riesgos propios de estas herramientas, y se apoya en el manual de prevención del blanqueo de capitales (PBC) para lo que allí se desarrolla.
Los datos del protocolo no son del notario ni de la herramienta: son de las personas que acudieron a otorgar. El notario los trata en el ejercicio de una función pública y bajo secreto, y por eso no puede ceder su custodia a un tercero sin contrato, sin saber adónde van y sin poder explicarlo a un interesado, al Colegio Notarial o a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Qué no es este manual
No es asesoramiento jurídico ni una interpretación oficial de la normativa notarial. El reparto de responsabilidades entre el notario, el Colegio Notarial y el Consejo General del Notariado en los sistemas colegiales debe confirmarse con el delegado de protección de datos del Consejo o del Colegio. Las referencias a la Ley del Notariado, al Reglamento Notarial, a la Ley 10/2010 y al RD 304/2014 se han contrastado con el texto consolidado del BOE.