Para todos los sectores · Delegado de protección de datos

El delegado de protección de datos (DPD): guía práctica

Cuándo designarlo, a quién, con qué medios y qué se espera de él, para quien lo ejerce y para quien debe nombrarlo

Duración estimada: aprox. 6 h de estudio · 23 lecciones · 115 preguntas

De qué trata

Obligación de designar, perfil y cualificaciones, certificación AEPD-DPD, independencia y conflicto de intereses, contrato del DPD externo, funciones, registro, EIPD, brechas y derechos, responsabilidad, sector público, IA, casos prácticos, modelos y plan de acción.

Contenido (23 capítulos)

  1. Qué es el delegado de protección de datos y por qué existe
  2. Cuándo es obligatorio designarlo
  3. Actividades principales, gran escala y observación habitual y sistemática
  4. Designación voluntaria y cómo documentar la decisión
  5. Perfil y cualificaciones del delegado
  6. El esquema de certificación de DPD de la AEPD
  7. Interno o externo, persona física o jurídica, DPD compartido
  8. El contrato de servicios del DPD externo
  9. Independencia, posición y recursos
  10. Conflicto de intereses
  11. Funciones: informar, asesorar y supervisar, auditorías y plan anual
  12. Registro de actividades y evaluación de impacto
  13. Brechas de seguridad
  14. Derechos de los interesados y reclamaciones
  15. Relación con el responsable, el encargado y la AEPD
  16. Responsabilidad del DPD y sanciones
  17. Documentación, informe anual y acta de designación
  18. El DPD en el sector público
  19. Inteligencia artificial y delegado de protección de datos
  20. Casos prácticos
  21. Plan de acción en diez pasos y lista de comprobación
  22. Glosario y fuentes
  23. Anexo. Herramientas de IA de uso general: riesgos y cómo usarlas bien

Muestra gratuita: la presentación

Para qué sirve este manual. El delegado de protección de datos (DPD) es una de las figuras más citadas y peor entendidas del Reglamento general de protección de datos. Muchas entidades no saben si deben designarlo, a quién nombrar, qué darle para que pueda trabajar ni qué esperar de él; muchos DPD no saben dónde acaba su responsabilidad. Este manual responde a esas preguntas en lenguaje llano, con la norma delante: arts. 37 a 39 del RGPD, arts. 34 a 37 de la LOPDGDD y las directrices europeas sobre el DPD.

Está pensado para quienes ejercen o van a ejercer como DPD, en empresas, administraciones, colegios, despachos, clínicas y otras organizaciones, y para los responsables que deben designarlo y dotarlo de medios. Complementa el manual de protección de datos para entidades financieras, que explica el RGPD desde cero, y no lo repite.

Idea central

El DPD no es el garante personal del cumplimiento: asesora, supervisa y sirve de enlace con las personas y con la AEPD. Pero solo puede hacerlo si es independiente, tiene medios y llega a la dirección. Lo que recomienda debe quedar por escrito, porque es lo que protege a la entidad y al propio DPD.

Qué no es este manual

No es asesoramiento jurídico ni una interpretación oficial de la AEPD o del Comité Europeo de Protección de Datos. Las normas, las directrices, el Esquema AEPD-DPD y las sentencias citadas se han contrastado con el BOE, EUR-Lex y las páginas de la AEPD y del CEPD. Ante un caso concreto, consulte a un profesional.

Material formativo divulgativo, redactado con asistencia de inteligencia artificial y revisado editorialmente por Edilia Tech. No sustituye al asesoramiento profesional: compruebe siempre la vigencia de cada norma en el BOE y en el DOUE. Edición del 05/11/2026.