La inteligencia artificial en los colegios profesionales
De qué trata
Usos y riesgos, Ley de IA y calendario, prácticas prohibidas, alto riesgo, evaluación de impacto en derechos fundamentales, decisiones que no se delegan, atención al colegiado, reglas de oro con datos personales, lista de comprobación de proveedores, casos prácticos, política de uso y plan de acción.
Contenido (18 capítulos)
- La IA en el Colegio: usos y riesgos
- La Ley de IA en diez minutos
- Calendario de aplicación
- Prácticas prohibidas
- Alto riesgo: ¿qué usos del Colegio pueden entrar en el Anexo III?
- Obligaciones del responsable del despliegue y evaluación de impacto en derechos fundamentales
- Transparencia, derecho a explicación y alfabetización
- Lo que la IA no puede decidir por el Colegio
- Atención al colegiado, formación y comunicación con IA
- IA y datos personales: las reglas de oro
- Contratar o recomendar una herramienta: lista de comprobación
- Casos prácticos de un Colegio
- Seguridad específica de la IA
- Política de uso de IA para el Colegio
- Sanciones y responsabilidad
- Plan de acción en ocho pasos
- Glosario y fuentes
- Anexo. Herramientas de IA de uso general: riesgos y cómo usarlas bien
Muestra gratuita: la presentación
Para qué sirve este manual. La inteligencia artificial ya está en los colegios profesionales: asistentes que contestan a los colegiados, programas que resumen quejas y expedientes, herramientas que redactan circulares y actas, transcriptores de juntas y cursos, sistemas de apoyo al visado o a la evaluación de méritos, filtros de currículos. Algunos los contrata el propio Colegio; otros los traen empleados, vocales o colegiados. Este manual explica, en lenguaje llano, qué dice la Ley europea de IA, cómo se combina con el RGPD y qué hay que comprobar antes de usar o recomendar una herramienta con datos reales de colegiados, de reclamantes o de expedientes.
Va de la mano del manual Protección de datos y transparencia en los colegios profesionales, que desarrolla las bases jurídicas, el registro de colegiados, los expedientes, el contrato de encargado, las brechas y la evaluación de impacto.
La IA es una herramienta de apoyo. Las decisiones sobre la colegiación, la disciplina, el visado o el personal son siempre de personas con nombre y apellidos que responden de ellas y no se delegan. Los datos son de personas que no han elegido que un servicio externo los procese. Usar IA es compatible con todo ello si hay contrato, garantías, supervisión humana y trazabilidad.
Qué no es este manual
No es asesoramiento jurídico ni una interpretación oficial. Las fechas de la Ley de IA se han contrastado con el texto consolidado del Reglamento (UE) 2024/1689 y con el Reglamento (UE) 2026/1744; las referencias a la Ley 2/1974 y a la LOPDGDD, con el BOE a 5 de noviembre de 2026. Si una herramienta puede entrar en el ámbito de «alto riesgo» o afecta a decisiones sobre colegiados, consulte con el Consejo General y con asesoramiento especializado.