Gestoras y entidades financieras · Gobierno y organización

Responsabilidad penal de la persona jurídica, para dummies

El artículo 31 bis del Código Penal y el modelo de prevención de delitos en gestoras, fondos y entidades financieras, en lenguaje llano

Duración estimada: aprox. 7 h de estudio · 28 lecciones · 140 preguntas

De qué trata

Cuándo puede ser condenada una sociedad gestora, una sociedad de capital-riesgo o una empresa de servicios de inversión por un delito cometido en su organización, qué penas arriesga y cómo se libra o se atenúa la pena con un modelo de prevención eficaz, de cero y sin tecnicismos. Manual divulgativo.

Contenido (28 capítulos)

  1. Qué es la responsabilidad penal de la persona jurídica y por qué te afecta
  2. Conceptos clave explicados desde cero
  3. Los dos caminos por los que la persona jurídica responde
  4. Quién puede «contagiar» la responsabilidad a la entidad
  5. El beneficio directo o indirecto: qué cuenta y qué no
  6. La responsabilidad de la entidad es autónoma: aunque no haya condena de la persona
  7. La lista cerrada: de qué delitos puede responder una persona jurídica
  8. Los delitos que más te rozan: gestoras, fondos y empresas de servicios de inversión
  9. Las penas que puede recibir una persona jurídica
  10. Cuánto puede costar: números reales con ejemplos
  11. Atenuantes: cómo se reduce la pena después del delito
  12. La exención: cómo una entidad puede librarse de la pena
  13. Los seis requisitos que debe cumplir un modelo de prevención
  14. El órgano de supervisión: el oficial de cumplimiento
  15. El mapa de riesgos penales de una gestora
  16. Protocolos de decisión y control de los recursos financieros
  17. El canal de denuncias y el deber de informar
  18. Régimen disciplinario, formación y cultura ética
  19. Verificación periódica y mejora continua
  20. Cómo valoran fiscales y jueces si tu modelo es eficaz
  21. Certificaciones y estándares: qué aportan y qué no
  22. El modelo penal frente a las demás normas que ya cumples
  23. Si llega el procedimiento: qué pasa y cómo reaccionar
  24. Casos resueltos con una gestora ficticia
  25. Errores frecuentes y señales de alerta
  26. Listas de comprobación y plan de acción en diez pasos
  27. Preguntas frecuentes y glosario
  28. Anexo. Herramientas de IA de uso general: riesgos y cómo usarlas bien

Muestra gratuita: la presentación

Para qué sirve este manual. Una sociedad gestora, una sociedad de capital-riesgo o una empresa de servicios de inversión no solo puede ser sancionada por la CNMV o por el SEPBLAC. En España también puede ser condenada por un delito, como si fuera una persona, cuando alguien de su organización lo comete en su beneficio. Las penas son reales: multas de millones de euros, suspensión de la actividad, prohibición de operar, incluso la disolución. Y hay una puerta de salida que depende de lo que hayas hecho antes del delito: haber tenido un buen modelo de prevención.

Este manual explica ese régimen en lenguaje llano: qué dice el artículo 31 bis del Código Penal, de qué delitos puede responder una persona jurídica, qué penas se le pueden imponer, cómo se evita o se reduce la responsabilidad y cómo se monta un modelo de prevención adaptado a una gestora o a un fondo. Va de la mano de otros tomos de la colección: para el blanqueo de capitales, el Tomo XII.1; para los conflictos de interés y el abuso de mercado en las operaciones personales, el Tomo XIII.1; para el canal de denuncias, el Tomo XV.1; y para la obligación del catálogo de Edilia Compliance sobre el modelo de prevención de riesgos penales, el Tomo I.

Idea central

La persona jurídica responde penalmente solo de una lista cerrada de delitos y solo si alguien de su organización los comete en su beneficio. Si antes del delito tenía un modelo de organización y gestión eficaz, puede quedar exenta de responsabilidad. Si lo tenía solo en parte, la pena se atenúa. Si no tenía nada, responde.

Qué no es este manual

No es asesoramiento jurídico ni sustituye a un abogado penalista. No analiza casos concretos ni da garantías de resultado: la valoración final de un modelo de prevención corresponde siempre al juez. Explica la norma y las pautas de la Fiscalía para que sepas qué preguntar y qué preparar. El Código Penal cambia con frecuencia: antes de aplicar un artículo, comprueba su redacción vigente en el BOE.

A quién se aplica este manual

El art. 31 bis del Código Penal castiga a las personas jurídicas. Esta es la lectura para cada tipo que gestiona Edilia Compliance.

Tipo de entidad o vehículo¿Aplica?Por qué
SGEIC y SGIICSíSon personas jurídicas: responden penalmente por los delitos de sus administradores y empleados en los casos del art. 31 bis.
SGC y AV/SVB (empresas de servicios de inversión)SíSon personas jurídicas (sociedades): mismo régimen del art. 31 bis.
EAFSegún su formaSi es persona jurídica, sí (art. 31 bis). Si es persona física, no: responde como persona física.
EAFNSegún su formaSi es persona jurídica, sí (art. 31 bis). Si es persona física, no: responde como persona física.
SGFTSíEs una sociedad anónima (Ley 5/2015, art. 29.1.a): persona jurídica sujeta al art. 31 bis.
PSC/MiCA (proveedores de servicios de criptoactivos)SíPersona jurídica sujeta al art. 31 bis.
PSFP (financiación participativa)SíEs una sociedad mercantil: persona jurídica sujeta al art. 31 bis.
Vehículos de capital riesgo: FCR, SCR, ECR, ECR-Pyme, EICC, FCRE (EuVECA), FESE (EuSEF) y FILPE (ELTIF)Por su gestoraLos FCR son patrimonios sin personalidad jurídica (Ley 22/2014, art. 30.1) y actúa su SGEIC; las sociedades (SCR) y los demás vehículos con forma de sociedad actúan por sí mismos. El art. 31 bis alcanza a las SCR y a su gestora; un fondo sin personalidad no es persona jurídica.
Vehículos IIC: FI, SICAV, FIL, SIL, ETF, FIAMM, FII y SIIPor su gestoraLos fondos (FI, FIL, FIAMM, ETF, FII) son patrimonios sin personalidad jurídica (Ley 35/2003, art. 3.1) y actúa su SGIIC; las sociedades de inversión (SICAV, SIL, SII) actúan por sí mismas. El art. 31 bis alcanza a las sociedades de inversión y a la gestora; un fondo sin personalidad no es persona jurídica.
FT (fondos de titulización)Por su gestoraSon patrimonios separados sin personalidad jurídica (Ley 5/2015, art. 15.1) y actúa su SGFT. No es persona jurídica a efectos del art. 31 bis; sí lo es su SGFT.

Los tipos y vehículos son los que Edilia Compliance da de alta (nueve tipos de entidad y diecisiete de vehículo). El detalle por tipo, obligación a obligación, está en el Tomo I.

Material formativo divulgativo, redactado con asistencia de inteligencia artificial y revisado editorialmente por Edilia Tech. No sustituye al asesoramiento profesional: compruebe siempre la vigencia de cada norma en el BOE y en el DOUE. Edición del 03/11/2026.